El adversario: verdad, juicio y construcción del sujeto

El adversario

El adversario despierta en una casa tranquila de Prévessin-Moëns, cerca de la frontera suiza. Es la mañana del 9 de enero de 1993 y Jean-Claude Romand se levanta y camina hacia el cuarto de su esposa, Florence. La mata mientras duerme. Luego entra en las habitaciones de sus hijos, Antoine y Caroline, de cinco y siete años, y los mata. Conduce durante horas hasta el Jura, llega a la casa de sus padres y los asesina. Por la tarde visita a su amante en París, almuerza con ella y regresa. En la noche incendia su casa, toma pastillas e intenta suicidarse, pero sobrevive y los bomberos lo rescatan.

Lo que se descubrió después fue más perturbador que los crímenes. El adversario no era médico. Durante dieciocho años sostuvo una identidad inventada, es más, sus padres, su esposa, sus amigos creían que trabajaba como investigador en la Organización Mundial de la Salud en Ginebra. Cada mañana salía con traje, corbata y maletín y en lugar de ir a una oficina, conducía sin rumbo y comía solo en restaurantes de carretera; también dormía en estacionamientos y caminaba por bosques.

Había reprobado el segundo año de medicina. Ni dijo nada ni se detuvo. Durante casi dos décadas vivió en el engaño con su familia, con sus suegros y todos los demás.

El dinero que afirmaba ganar en la OMS provenía, en realidad, de sus familiares y amigos. Los convencía de entregarle sus ahorros con la promesa de invertirlos en fondos seguros. Llegó a apropiarse de más de un millón de francos.

Cuando la estructura se derrumbó, las deudas se volvieron impagables y la ficción ya no podía sostenerse; la salida que eligió fue eliminar a quienes podían descubrirlo.

Emmanuel Carrère reconstruyó esta historia en El adversario (2000) con una honestidad áspera desde las primeras páginas. Se pregunta qué diferencia existe entre Romand —que construyó una vida entera sobre la mentira— y cualquier persona que organiza su identidad alrededor de la imagen que proyecta hacia los demás. La pregunta no lo redime: lo vuelve más perturbador.

La verdad como problema del derecho penal

El derecho penal se ocupa de hechos concretos. Para atribuir responsabilidad exige que el sujeto comprenda lo que hace y que pueda actuar de otro modo. En el caso de Romand, ambas condiciones se cumplen con claridad.

La imputabilidad no fue objeto de controversia relevante en el juicio y los peritajes psiquiátricos descartaron la presencia de psicosis. El adversario no estaba desconectado de la realidad; la comprendía lo suficiente como para manipularla durante dieciocho años. El dolo se manifiesta en cada etapa: planificación, ejecución y secuencia de los hechos.

El orden de los hechos no obedeció al azar.

El análisis se complica en la secuencia calculada de los hechos. El crimen final no puede separarse de la vida que lo precedió, por otra parte, la mentira sostenida durante casi dos décadas no fue un accidente, se convirtió en el marco que hizo posible el crimen, y cuando la ficción se volvió insostenible, El adversario no halló recursos para enfrentar la verdad.

Matar fue, en su lógica, la única forma de preservar el mundo que conocía, el imaginario.

El derecho penal sanciona hechos, no trayectorias vitales. Este caso obliga a preguntar si castigar solo los actos finales, por atroces que sean, basta para comprender y prevenir conductas que nacen en la construcción de la identidad.

La verdad en el proceso penal: reconstrucción y relato

El proceso penal no accede de manera directa a los hechos, pero sí los reconstruye. A partir de pruebas, peritajes, testimonios y declaraciones, el tribunal elabora una versión de lo ocurrido capaz de sostener una condena. A esa versión se la denomina verdad judicial, distinta de la verdad material: lo que sucedió en verdad.

El juicio de Romand, celebrado en 1996, presentó dificultades singulares, pues la biografía del acusado era un problema probatorio. Cada elemento de su historia exigía revisión, porque toda su vida había sido construida para no ser verificada. Los testimonios de quienes lo conocían no retrataban a un hombre real; además, describían a un personaje construido por él, y todos sus allegados declaraban, sin saberlo, sobre algo ficticio.

Los informes psiquiátricos intentaron describir una personalidad que no encajaba en las categorías disponibles. Romand no era un psicópata clásico ni estaba desprovisto de empatía; lloraba, expresaba arrepentimiento y parecía devastado. Tampoco era un enfermo mental desconectado de la realidad. Era algo más difícil de nombrar: un hombre que durante años eligió no existir y prefirió el vacío a la vergüenza de ser descubierto.

El tribunal, al fijar los hechos, atribuyó responsabilidades y construyó un relato coherente. Romand fue condenado a cadena perpetua, en respuesta a la gravedad de los hechos, pero el proceso reveló algo que la condena no podía resolver: la distancia entre la verdad material y la versión sostenida durante dieciocho años era tan grande que el acusado parecía no haber habitado ninguna de las dos. En una forma de existencia extraña vivía en una grieta abierta entre verdad y ficción.

La verdad como horizonte de la justicia: Foucault y Arendt y El adversario

El caso invita a una reflexión que trasciende el proceso. Dos pensadores del siglo XX ofrecen herramientas decisivas para leer aquello que el derecho, por sí solo, no alcanza a explicar.

Michel Foucault analizó la relación entre verdad, poder y sujeto. En Vigilar y castigar (1975) mostró que el sistema penal moderno no se limita a sancionar actos: produce saber sobre los individuos. El juicio condena, clasifica, examina y construye una imagen del delincuente que sirve a la administración del orden social. En el caso de Romand en El adversario, este mecanismo operó con intensidad singular, pues el proceso judicial tuvo que inventar al sujeto antes de juzgarlo, porque lo real había sido ocultado de manera sistemática, incluso para sí mismo.

Foucault desarrolló el concepto de parrhesía, la práctica de decir la verdad cueste lo que cueste, como un acto que implica riesgo para quien lo ejerce. En El adversario, Romand encarna la negación de esa práctica, pues elige el riesgo diferido, acumulable y catastrófico de la mentira continua antes que el riesgo inmediato y soportable de la confesión. En síntesis: la parrhesía exige coraje, y su ausencia, en este caso, produjo una tragedia.

Hannah Arendt ofrece otro ángulo. En Los orígenes del totalitarismo, y en su obra política en general, sostiene que la identidad humana se constituye en la acción y en el discurso ante otros. Existimos en forma plena cuando nos revelamos en el espacio público y asumimos las consecuencias de esta aparición. La pluralidad, el hecho de vivir siempre entre otros y distintos de nosotros es, para Arendt, la condición fundamental de la política y de la ética.

En El adversario se anula esta condición y se oculta en lugar de revelarse. Por un lado, actúa en un escenario construido por él, donde los demás quedan reducidos a espectadores de una representación unilateral. Por otro, al hacerlo, destruye la posibilidad de toda relación genuina. Cuando la representación se vuelve insostenible, no halla ningún otro lugar real ni ninguna relación que pudiera sostenerlo.

En Eichmann en Jerusalén (1963), Arendt introdujo la noción de banalidad del mal para mostrar cómo el mal extremo puede ser cometido por personas ordinarias que han dejado de pensar, juzgar y asumir la responsabilidad de existir entre otros. En El adversario no se encaja del todo en este modelo, pues su caso tiene una dimensión narcisista y calculadora que lo distingue de Eichmann. Antes que nada, la estructura subyacente comparte un rasgo decisivo, la renuncia a habitar el mundo compartido y la sustitución del juicio por el automatismo de la ficción.

Juntos, Foucault y Arendt, permiten leer el caso desde una perspectiva que el derecho penal necesita pero no siempre produce por sí solo: una comprensión del sujeto como un ser constituido en relaciones, discursos y prácticas de verdad con consecuencias reales.

En suma, el derecho del futuro debería integrar esta dimensión sin abandonar su función de regulación y sanción.

Imagen: Copilot

El derecho ante lo humano en El adversario

La justicia respondió a Jean-Claude Romand con los instrumentos disponibles, dado un proceso riguroso, una condena proporcional a hechos gravísimos y una pena que reconoció la enormidad del daño causado. Una respuesta vital, necesaria e irreemplazable.

Pero tanto el libro de Emmanuel Carrère, como el caso que narra, deja varias preguntas trascendentales: ¿puede el derecho, limitado a los hechos sancionables, dar cuenta de vidas enteras construidas sobre la ausencia de verdad? ¿Puede la justicia, orientada al pasado que juzga, anticipar y comprender las condiciones que hacen posible el colapso de una identidad?

La respuesta es que una comprensión más plena de la justicia exige el diálogo entre derecho, psicología y filosofía. El caso de El adversario es un crimen y una pregunta sobre lo que significa existir entre otros, asumir una identidad y sostener la verdad como práctica cotidiana. Un derecho que ignore la interpelación será eficaz, pero un derecho que la integre podrá ser, además, sabio.

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