Asamblea Constituyente en Colombia: lo que no se dice

Asamblea constituyente en Colombia. Libro de la Constitución Política de Colombia de 1991 con bandera colombiana
Fuente de la imagen: creación digital para fueradecodigo.com

Asamblea constituyente en Colombia. Colombia no cambia la Constitución cuando la entiende, la cambia cuando fracasa. La crisis puede ser de seguridad, corrupción, desigualdad o gobernabilidad, y la respuesta apunta siempre al mismo lugar. El texto nacido en 1991 se considera agotado; el país necesita recomenzar y se plantea convocar una asamblea constituyente para escribir un nuevo pacto social desde cero.

La propuesta resuena con vigor y promesa de un nuevo inicio.

Pero hay una pregunta que el debate político casi nunca se hace: ¿es esto un diagnóstico serio, o una promesa que se repite porque es más fácil de anunciar que de cumplir? Este texto no pretende exaltar la Constitución de 1991, su propósito es abrir una pregunta que rara vez se formula en la discusión política:

¿El problema está en el texto o en quienes lo cumplen?

Lo que la Constitución de 1991 sí logró (y vale la pena reconocer)


La Colombia de 1991 no era el mismo país de hoy. Era un Estado capturado por la violencia del narcotráfico, con un sistema político cerrado que desde el Frente Nacional había repartido el poder entre liberales y conservadores, y excluía a todo el que no cupiera en este acuerdo.

La Constitución de 1991, fruto de una Asamblea Constituyente en Colombia, que no fue solo un cambio de texto: fue una apertura.


Introdujo la tutela, un mecanismo que hoy millones de colombianos usan para defender sus derechos frente al Estado y a los particulares. De igual manera creó la Corte Constitucional como guardiana independiente del texto y reconoció la diversidad étnica y cultural del país. Más aún: abrió la puerta a la participación política de sectores marginados en la historia del país, incluidos grupos que venían de la lucha armada y revolucionaria, a los cuales se les perdonó una multiplicidad de crímenes.


Desde la perspectiva jurídica, el salto técnico fue considerable. Colombia pasó de una constitución decimonónica, la de 1886, a un texto de tercera generación alineado con un constitucionalismo contemporáneo. Para el ciudadano de a pie, el cambio más tangible fue simple: por primera vez, tenía una herramienta concreta para exigirle al Estado que cumpliera sus promesas.

El reconocimiento nada tiene que ver con la nostalgia. Más bien es un punto de partida honesto para cualquier debate serio sobre si convocar una asamblea constituyente en Colombia tiene sentido hoy.


Los problemas reales de Colombia: ¿culpa de la constitución?


La Constitución de 1991 tiene fallas. Ha sido reformada más de 45 veces, lo que dice mucho sobre su estabilidad. La Corte Constitucional ha sido acusada, con razón en algunos casos, de actuar como legislador en lugar de árbitro. Además, existe una brecha enorme entre los derechos que el texto reconoce y la realidad que viven millones de colombianos.


La pregunta clave: ¿esa brecha es un problema del texto, o un problema de quienes deben cumplirlo?

La salud es un derecho constitucional, pero la corrupción en las EPS no es una falla del texto, es un problema de regulación, control y sanción.

En el caso de la reforma rural integral, tiene respaldo constitucional desde el Acuerdo de Paz de 2016 y, aún así, lleva casi una década sin implementarse. Por supuesto, la impunidad no se explica por fallas en la norma; en pocas palabras, es la renuncia deliberada de las instituciones a ejercer justicia, por presupuesto y por capacidad estatal.


Por otro lado, el jurista italiano Gustavo Zagrebelsky tiene una imagen útil para el tema: cambiar la constitución sin transformar las instituciones que deben aplicarla es como cambiar el mapa sin cambiar el territorio. El país en el papel puede verse distinto, pero el país real sigue igual.



El historial de intentos fallidos: un patrón que se repite


Colombia no llega virgen a este debate. El país tiene un largo historial de intentos de reforma constitucional que nunca prosperaron, y el recorrido merece leerse con atención porque revela un patrón claro en torno a la Asamblea Constituyente en Colombia.


En principio, el referendo de Álvaro Uribe en 2003 buscaba reformas políticas y fiscales. Varios puntos obtuvieron mayoría de votos, pero ninguno superó el umbral del 25% del censo electoral que exige la constitución. Fracasó. En 2010, la Corte Constitucional tumbó el referendo reeleccionista mediante la Sentencia C-141, pues argumentó vicios de procedimiento y afectación de la separación de poderes. En 2018, el referendo anticorrupción logró algo notable: más de once millones de colombianos fueron a votar; en cualquier caso, el umbral requería doce millones y también fracasó.


Y luego están las propuestas de asamblea constituyente en Colombia, que han circulado en los últimos años, sin lograr el consenso político mínimo para avanzar. El patrón es claro: una crisis, un político con una propuesta constitucional, un proceso que no llega a ningún lado, y los problemas que motivaron la propuesta continuaron sin cambios. Así, lo que cambia es el gobierno, y lo que se queda sin cambios, es la promesa.


Bolivia, Ecuador y Chile: lo que pasó donde sí cambiaron la constitución

Si el argumento para una asamblea constituyente en Colombia es que un texto nuevo, por sí solo, transforma la realidad, el derecho comparado ofrece razones para dudarlo. Bolivia y Ecuador adoptaron nuevas constituciones en 2008 y 2009 bajo gobiernos de izquierda. Ambos textos introdujeron conceptos novedosos: el Buen Vivir, los derechos de la naturaleza y el Estado Plurinacional fueron celebrados en círculos académicos, intelectuales y políticos como una refundación.

Más de quince años después, ambos países dependen, como antes, de economías extractivistas, mantienen brechas sociales profundas y han visto cómo las promesas del nuevo texto se diluyen en la práctica institucional de siempre.


Por ejemplo, Chile es el caso más reciente y quizás el más revelador. El estallido social de 2019 generó un proceso constituyente participativo y genuino, con representación paritaria y de pueblos originarios. La propuesta fue rechazada por el 62% de los votantes en 2022 y un segundo intento también fue rechazado en 2023. Lo cierto es que Chile sigue sin una nueva constitución y con los mismos problemas sociales que motivaron el estallido.


La lección no está en negar el valor de las constituciones, está en reconocer que una nueva no alcanza por sí misma a cambiar la realidad. El proceso de construirla importa tanto como el resultado. Cuando un texto nace sin consenso, sin instituciones que lo respalden y sin una cultura política que lo respete, no cambia a quién ejerce el poder ni cómo lo ejerce.


La pregunta es simple: ¿a quién le conviene este debate?


Hay una pregunta que el análisis jurídico puede llevar hasta cierto punto y luego cede el paso a la ciencia política:

¿Por qué el debate sobre una asamblea constituyente en Colombia resurge en momentos de crisis y siempre desde el poder?


No se trata de una cuestión menor. Las constituciones nacen de contextos políticos específicos, con destinatarios claros, y fines que no siempre se confiesan. Lo cual no resta legitimidad a las reformas: cuando los problemas son estructurales, una transformación profunda puede ser necesaria, incluso si suena paradójico.


Sin embargo, proponer una nueva constitución en medio de una crisis tiene una ventaja política clara porque desplaza el debate y funciona porque es difícil oponerse sin parecer defensor del statu quo.


Como resultado de lo anterior surge la tensión. Una propuesta puede ser legítima en su forma, puede tener respaldo popular, puede movilizar a millones de personas, y aun así ser políticamente conveniente para quien la hace por razones que poco tienen que ver con mejorar las instituciones.
Lo cual no la invalida de modo automático, pero sí exige plantearse la duda.

Pues en contextos de crisis, proponer una nueva Constitución tiene una ventaja política clara: desplaza el eje del debate, y el foco deja de estar en los resultados concretos del gobierno y se traslada al diseño del sistema. Un desplazamiento que no es neutro, ya que permite convertir problemas de gestión, capacidad estatal o cumplimiento en problemas de arquitectura institucional, donde las responsabilidades se diluyen y las soluciones se posponen.


La inercia de los ideales ajenos. Fuente de la imagen: fueradecodigo.com y Gemini.


Cuando el cambio constitucional se convierte en promesa electoral


Existe un fenómeno que los académicos llaman populismo constitucional. Más que un insulto o una ofensa, es un diagnóstico. No busca cambiar la realidad, busca capitalizar el descontento. Así como describe el uso del lenguaje constituyente, es también la promesa de una nueva constitución, o de una transformación radical del texto, como herramienta de movilización política en contextos de crisis, sin que haya un análisis serio de si el cambio resuelve los problemas que se invocan para justificarlo.


El populismo constitucional prospera porque la promesa resulta atractiva y el costo de incumplirla es mínimo. Cuando la Asamblea Constituyente en Colombia no se convoca, la responsabilidad recae en el establecimiento que la bloquea. En cambio, cuando se convoca, y el nuevo texto no produce transformaciones, la responsabilidad recae en quienes lo implementan de manera deficiente. Es así porque el proponente siempre encuentra la forma de salir limpio.


En suma, Colombia merece un debate constitucional serio. Uno que parta de reconocer lo que la Constitución de 1991 sí logró, e identifique con precisión qué requiere realmente un cambio de texto, y qué demanda solo una voluntad política que sí se pueda cumplir; y que lo ya escrito, aprenda de los casos donde una asamblea constituyente en Colombia, o en otros países, resultó ser un símbolo populista y no una solución de fondo.


En síntesis, el problema de Colombia no es la constitución escrita, es la brecha entre su mandato y la capacidad estatal de aplicarlo. Es una distancia que no se corrige con un nuevo diseño institucional, se soluciona con capacidad estatal, voluntad política y mecanismos efectivos de cumplimiento. Por eso, antes de abrir el debate sobre una nueva constitución, conviene plantear un tema delicado: si el Estado no cumple la Constitución que ya tiene, no necesita otra; exige empezar a cumplirla.


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